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lunes, 9 de marzo de 2026
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La Fiscalía descarta la imputación de Carlos Mazón por la gestión de la DANA ante la falta de indicios

La Fiscalía descarta la imputación de Carlos Mazón por la gestión de la DANA ante la falta de indicios

Por

Miguel Ángel

El Ministerio Público solicita que la investigación regrese al juzgado de Catarroja, mientras que los exconsejeros Salomé Pradas y Emilio Argüeso piden el archivo de su causa alegando “fuerza mayor”.

La Fiscalía Superior de la Comunidad Valenciana ha determinado que, en el momento actual, no existen “datos o indicios con suficiente solidez” que justifiquen la imputación del expresident de la Generalitat, Carlos Mazón, en el marco de la causa judicial abierta por la gestión de la trágica DANA.

A raíz de esta conclusión, el Ministerio Público ha remitido un escrito al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) solicitando que el procedimiento sea devuelto al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja para que continúe con las diligencias de investigación. La Fiscalía responde así al informe previo elevado por la magistrada de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, quien había remitido una exposición razonada al alto tribunal valenciano al considerar que sí existían indicios de responsabilidad penal contra Mazón por su actuación frente a la catástrofe.

Petición de sobreseimiento en la Consejería de Interior

En paralelo a la situación del expresident, la cúpula encargada de las emergencias durante aquel día también ha movido ficha en los tribunales. La entonces consejera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, junto a su número dos en la Consejería, Emilio Argüeso, han solicitado al TSJCV que asuma la causa en la que ambos se encuentran investigados y que decrete su sobreseimiento libre.

En los escritos remitidos a la Sala de lo Civil y Penal, la defensa de los exconsejeros rechaza cualquier tipo de responsabilidad penal. Argumentan que el episodio del 29 de octubre de 2024, que dejó un trágico saldo de 230 víctimas mortales en la provincia de Valencia , fue una “desgracia natural” cuya magnitud “no era previsible en su verdadera dimensión”, ni siquiera para los organismos encargados de anticipar estos fenómenos meteorológicos.

La representación legal de Pradas subraya que su posición institucional en el día de la DANA no la convierte en “garante” de la totalidad de las actuaciones u omisiones que se dieron en el seno de la Administración, recordando que en el operativo intervinieron funcionarios y responsables de diversas instituciones. Según argumenta la exconsejera, actuó “del mejor modo posible”, limitando su papel a la coordinación de decisiones basadas en los datos suministrados por los técnicos presentes en el Cecopi, fundamentalmente los de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

Un “evidente caso de fuerza mayor”

La estrategia de defensa se cimenta en la imprevisibilidad del evento. Los escritos argumentan que se trató de un “evidente caso de fuerza mayor”, lo que descartaría cualquier tipo de imprudencia penal, dado que las autoridades no disponían de “la información indispensable” para haber actuado de manera diferente.

“Lo que no podían prever ni ellos ni nadie es la magnitud y la velocidad de aceleración que alcanzó la riada”, recalcan los abogados. Como muestra de esta falta de previsibilidad general, la defensa apunta a la propia población ciudadana: argumentan que la falta de conciencia del peligro real por parte de muchos ciudadanos, a pesar de las alertas emitidas por la Aemet y difundidas por los medios de comunicación, es el reflejo de que la magnitud de la catástrofe no pudo ser anticipada por nadie.


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