14 de enero de 2026 – La Fiscalía Provincial de Madrid ha informado en contra de la admisión a trámite de la querella presentada por la asociación Hazte Oír contra Francisco Salazar, ex secretario general de Coordinación Institucional de la Presidencia del Gobierno y antiguo dirigente del PSOE. El Ministerio Público basa su rechazo en la inexistencia de denuncias previas por parte de las presuntas víctimas, un requisito legal indispensable para perseguir delitos de esta naturaleza.
En un escrito remitido al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 8 de Madrid, al que ha tenido acceso este medio, la Fiscalía sostiene que no procede iniciar una investigación penal por los presuntos delitos de acoso sexual y contra la integridad moral atribuidos a Salazar. El argumento central se apoya en el artículo 191 del Código Penal, que tipifica el acoso sexual como un “delito semipúblico”. Esto implica que la persecución del ilícito requiere, como condición de procedibilidad, la denuncia expresa de la persona agraviada.
El fiscal subraya en su informe que, hasta la fecha, no consta ninguna denuncia interpuesta por las mujeres que supuestamente sufrieron el acoso. Por este motivo, considera que la acción popular ejercida por Hazte Oír carece de legitimación activa para suplir la voluntad de las víctimas en un delito de esta índole, donde prima la esfera privada y la libertad de las afectadas para decidir si desean o no iniciar un proceso judicial.
Falta de legitimación de la acusación popular
Además del obstáculo procesal por la falta de denuncia, el Ministerio Público cuestiona la capacidad de la asociación querellante para personarse en la causa. El escrito detalla que la acusación popular no está habilitada para perseguir delitos que exigen la denuncia de la parte ofendida, salvo en excepciones muy concretas que, a juicio del fiscal, no concurren en este caso.
La querella de Hazte Oír no solo se dirigía contra Salazar, sino que también señalaba a otros altos cargos por presunto encubrimiento y omisión del deber de perseguir delitos. Sin embargo, la Fiscalía entiende que estos delitos serían subsidiarios del principal (el acoso sexual) y, al no poder perseguirse este último, decaen las bases para investigar los supuestos encubrimientos conexos.
El contexto del ‘caso Salazar’
Francisco Salazar, quien fuera uno de los hombres de confianza en el círculo de Moncloa y estratega electoral del PSOE, fue cesado de sus cargos el pasado mes de julio de 2025. Su salida se produjo tras conocerse internamente varios testimonios de mujeres de su entorno laboral que le acusaban de comportamientos inapropiados y acoso sexual.
Si bien el PSOE llevó a cabo una investigación interna que concluyó calificando los hechos como una “falta muy grave” y apartó a Salazar de sus responsabilidades orgánicas, la formación política decidió no trasladar el caso a la Fiscalía. La dirección socialista justificó entonces su decisión en el respeto a la voluntad de las víctimas, quienes expresaron su deseo de mantener el anonimato y no formalizar denuncias ante los tribunales.
Con el posicionamiento de la Fiscalía conocido hoy, el futuro judicial del caso queda en suspenso, a la espera de que el juez instructor decida si archiva definitivamente la querella o si, por el contrario, encuentra algún resquicio legal para continuar con las diligencias, un escenario que parece poco probable dada la contundencia del informe fiscal.